Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto N° 548-2007

 

Sustitúyase el texto del Artículo 11 del Anexo I del Decreto N° 376/98

 

 

Publicado en B.O. 2731 del 13-04-2007.-

Dictado el 30-03-2007.-

 

 

Art. 1°.-Sustitúyase el texto del Artículo 11 del Anexo I del Decreto N° 376/98 -modificado por Decreto N° 581/05- por el siguiente:

 

“Artículo 11.- De los ingresos que se perciban por aplicación de los incisos a) y c) del artículo 2° de la Ley N° 1420 se destinará hasta un cincuenta por ciento (50%) de la recaudación  mensual para el pago de las bonificaciones o estímulos especiales al personal de la Subsecretaría de Salud, previa deducción de los ingresos por medicamentos suministrados a pacientes y demás gastos que generan los convenios vigentes, asignándose semestralmente, en los meses de marzo y setiembre de cada año, de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 12 a 17 del presente.- Asimismo asígnase una bonificación especial de PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) por mes al personal que desempeña tareas de enfermería comprendido en la Ley N° 1279 y que cumple funciones en los Establecimientos Asistenciales de la Provincia. Se considerarán beneficiarios de dicho estímulo los agentes que hayan cumplido funciones el total de los días laborables del mes anterior a su bonificación según informe de la Dirección General de Personal al respecto”.-

 

TEXTO ANTERIOR DECRETO 581-2005

 

De los ingresos que se perciban por aplicación de los incisos a) y c) del artículo 2° de la Ley N° 1420 se destinará hasta un cincuenta por ciento (50%) de la recaudación mensual para el pago de las bonificaciones o estímulos especiales al personal de la Subsecretaría de Salud, previa deducción de los ingresos por medicamentos suministrados a pacientes y demás gastos que generen los convenios vigentes, asignándose semestralmente, en los meses de marzo y setiembre de cada año, de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 12 a 17 del presente.”.-