DECRETO Nº 5351-2016

Establece cupos para el Sistema de Guardias Pasivas

 

Publicado en B.O. Nº 3248 del 10-02-17.-

Dictado el -29-12-16.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Establézcase la cantidad de 90 cupos para el Sistema de Guardias Pasivas que se implementara en la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, que comprende al personal de la Ley Nº 643 y Ley Nº 2871, a efectos de prestar sus servicios en debida forma, conforme la potestad conferida por la Ley Nº 2969.-

 

Artículo 2º.- Delegase en el Ministerio de Desarrollo Social la facultad otorgada a este Poder Ejecutivo por el Artículo 11 de la Ley Nº 1388 – Ley Complementaria Permanente de Presupuesto-, para asignar el adicional por guardia pasiva y a disponer las altas y bajas, siempre que no supere el límite de cupos establecidos en el artículo 1º.-