DECRETO Nº 484-1992

Modificando Decreto Nº 23-1992

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 1947 del 03-04-92.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Incorpórase el siguiente párrafo al artículo 10 del Decreto 23/92:

“El nivel de autorización y aprobación de adjudicación A - 5 establecido en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, solo es aplicable para la compra de medicamentos, elementos materiales de curación, de laboratorio, odontológicos y radiológicos, leche e insumos, destinados a Depósito Central de Medicamentos y de Epidemiología dependientes de la Subsecretaría de Salud Pública.”

 

Artículo 2º.- Incorpórase al Anexo I del Decreto 23/92, la Planilla Anexa del presente Decreto.

 

Artículo 3º.- Las contrataciones que se efectúen en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, quedan exceptuadas de las disposiciones del artículo 11 del Decreto 23/92 y se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto Acuerdo Nº 3866/75, previo pedido de tres (3) presupuestos, adjuntándose a la orden de compra planilla comparativa de cotizaciones de donde surja la firma adjudicataria, todo ello debidamente suscripto por la autoridad que lo apruebe.

 

Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial y Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase a Contaduría General de la Provincia a sus efectos.

El presente Decreto

 

Anexo I - Decreto 484/92

 

 

Forma de

 

Contratación

Monto

Contrataciones

Autorización Previa

Aprobación o

 

Adjudicación

De

Hasta

A - 5

2.500,01

20.000,00

Subsecretario de Salud Pública, Ministro de Bienestar Social

Ministro de Bienestar Social