Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 483-2006

Apoyo a Microemprendedores

 

 

Publicado en B.Oº 2680.-

Dictado el 06-04-2006.-

Operador Digesto: G.J.

 

 

Art. 1º.- Impleméntase, a partir de la fecha y hasta el día31 de diciembre del corriente año, en el ámbito del Ministerio de Bienestar Social el Programa Social "Apoyo a Microemprendedores".

 

Art. 2°.- Podrán incluirse en dicho Programa sólo los beneficiarios del Programa Provincial de Empleo y Capacitación "Entre Nosotros", que cumplan con los requisitos que se enumeran a continuación:

1. Contar con la aprobación, por parte de la Mesa de Gestión Social Provincial, creada por Decreto Nº 81/04, del proyecto del emprendimiento privado a iniciar.

2. Presentar renuncia al Programa provincial "Entre Nosotros"

 

Art. 3°.- Las personas beneficiarias del Programa Social implementado, recibirán el citado subsidio, por única vez y en un solo pago, por un monto de $ 5.620,00, discriminados según el destino, de acuerdo al siguiente detalle:

 

1. Pesos $ 5.400,00 destinados a

capital fijo y de trabajo de la actividad a 

emprender.

2. Pesos $ 220,00 para hacer frente al 

pago, por un período de dieciocho (18) 

meses del "monotributo social", imple-

mentado por la Administración Federal 

de Ingresos Públicos.

A los efectos del ingreso del beneficiario al Registro Nacional de Efectores Sociales, la Autoridad de Aplicación prestará la mayor colaboración para dicho trámite.

 

Art. 4°.- Designase autoridad de aplicación del Programa Social "Apoyo a Microemprendedores" a la Subsecretaría de Política Social del Ministerio de Bienestar Social, área que implementará, a través de los equipos técnicos de la Mesa de Gestión Social Provincial, mecanismos de formulación, seguimiento de la inversión y desarrollo del proyecto a ejecutar por cada beneficiario.

Art. 5°.- Autorízase al Señor Ministro de Bienestar Social a otorgar, en el marco de este Programa y de la Norma Jurídica de Facto Nº 835, subsidios por el monto establecido en el artículo 3° del presente Decreto.-