Decreto N° 3252-2023

Modifica el Decreto Nº 310-2023 sobre monto de contratación.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3584 del 18-08-23.-

Dictado el 28-07-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo 1º.- Sustitúyese, a partir del 1 de agosto de 2023, el artículo 32 del Decreto N° 310/23, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 32.- “Autorízase a la Dirección General de Planeamiento, con la aprobación previa del Ministro de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 53,748) por cada persona que se contrate para prestar servicios en el marco del Programa Provincial “Vértice Educativo creado por Ley N° 3149”.

 

Artículo 2º.- Sustitúyese, a partir del 1 de agosto de 2023, el artículo 2° del Decreto N° 2289/21 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 2°.- Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa “Vértice Educativo”, percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será abonado mensualmente a partir de agosto de 2023, por los montos que seguidamente se determinan y de acuerdo a la función:

-Educador Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCO ($ 41.205).

-Director Responsable Territorial: PESOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($ 25.804).

-Tallerista: PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE ($ 20.427).”

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.