Decreto Nº 2740-2017

Encomienda la coordinación técnico-administrativa del Pro.Ca.Ap al Ministerio de Gobierno y Justicia

 

Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº866-20.-

Publicado en B.O. 3274 del 08-09-17.-

Dictado el 25-08-17.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 7925/16, caratlado: "SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - S/CREACIÓN PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA PROVINCIAL (PRO.CA.AP)"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que a través del Decreto Nº 1743/16 dictado por este Poder Ejecutivo, se creó el Programa de Capacitacion para la Administración Pública Provincial (Pro.Ca.Ap) cuyo objetivo general, de acuerdo al artículo 3º del mismo, es la planificación y ejecución de cursos y actividades de capacitación y formación para los agentes del Poder Ejecutivo Provincial, la preparación de materiales y espacios de adquisición, transmisión y revisión de conocimeintos, que propendan al mejor desempeño de sus funciones;

 

          Que por el artículo 4º del mencionado Decreto, la Autoridad de Aplicación del mismo es la Secretaría General de la Gobernación y a través de su artículo 5º, se crea una Comisión Coordinadora a fin de desarrollar las funciones que le son asignadas a la misma en el artículo siguiente;

 

          Que a través de la Resolución Nº 259/16 de la Secretaría General de la Gobiernación se conformó la mencionada Comisión, con -agentes y funcionarios de distintas dependencias de este Poder Ejecutivo;

 

            Que, de acuerdo a lo previsto en el Programa, las actividades de capacitación son propuestas por dicha comisión, y aprobadas por acto administrativo de la Secretaría General de la Gobernación;

 

          Que luego de transcurrido un año desde su puesta en ejecución, las propuestas de capacitación han sido recibidas por los agentes públicos provinciales con un gran nivel de aceptación y compromiso;

 

          Que en la actualidad se encuentra en ejecución la Planificación Anual de Capacitación para el presente año, aprobada por Resolución Nº 163/17 de la Secretaría General de la Gobernación, la cual ha sido elaborada con diversas actividades que incluyen Jornadas, Cursos y Talleres vinculados al ejercicio de la función administrativa;

 

          Que, encontrandose en la actualidad el Programa de Capacitación en plena ejecución y expansión, se estima necesario incorporar a su organización e implementación al Ministerio de Gobierno y Justicia, a fin de colaborar con la Secretaría General de la Gobernación en la coordinación técnica-administrativa del mismo, sin perjuicio de continuar ésta última con su rol de Autoridad de Aplicación;

 

          Que de acuerco a la función encomendada, el Ministerio de Gobierno y Justicia se encontrará facultado para la celebración y siscripción de convenios con otras reparticiones públicas provinciales, organismos públicos provinciales, municipales o nacionales, o personas de derecho público o privado en general, con el objetivo de realizar y ejecutar  actividades de capacitación para los agentes en el marco del Pro.Ca.Ap; poniendo todo ello en conocimiento de la Secretaría General de la Gobernación;

          Que asimismo, podrá realizar todas las actividades, procedimientos y gestiones necesarios para la implementación de las actividades de capacitación, sin perjuicio de la aprobación de las actividades especificas por parte de la Secretaría General de la Gobernación;

 

          Que, en este marco, se entiende necesario también que la Comisión  pueda formular recomendaciones que son de su competencia al Ministerio de Gobierno y Justicia, a fin que este artícule e implemente las mismas, con conocimiento de la Autoridad de Aplicación;

 

          Que el presente se dicta en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 81 de la Constitución Provincial y en la Ley Nº 2872 Orgánica de Ministerios;

 

          Que ha tomado intervención las Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuantes en la Secretaría General de la Gobernación y en el Ministerio de Gobierno y Justicia;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Encomendar la coordinación técnico - administrativa del Programa de Capacitación para la Administración Pública Provincial (Pro.Ca.Ap) creado por Decreto N° 1743/16 al Ministerio de Gobierno y Justicia, el cuál actuará en forma articulada con la Secretaría General de la Gobernación, la que continuará como Autoridad de Aplicación del Programa.-

 

Artículo 2º.- Facultar al Ministerio de Gobierno y Justicia, en virtud de la función asignada por el artículo anterior, a suscribir convenios, acuerdos y sus adendas con otras reparticiones públicas provinciales, organismos públicos provinciales, municipales o nacionales, o personas de derecho público o privado en general, con el objetivo de organizar, realizar y ejecutar actividades de capacitación para los agentes públicos en el marco de las previstas en el Programa de Capacitación para la Administración Pública Provincial (Pro.Ca.Ap), con conocimiento de la Secretaría General de la Gobernación.-

 

Artículo 3°.- Autorícece así mismo al Ministerio de Gobierno y Justicia a realizar todos los procedimientos administrativos, contrataciones y gestiones necesarios para la implementación de las actividades de capacitación, en el marco de la normativa provincial vigente y sin perjuicio de la aprobación de las actividades específicas por parte de la Secretaría General de la Gobernación.

 

Artículo 4°.- Establécese que la Comisión Coordinadora del Programa podrá formular las propuestas y recomendaciones que son de su competencia al Ministerio de Gobierno y Justicia, a fin que este articule e implemente las mismas, con conocimiento de la Secretaría General de la Gobernación.- 

 

Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno y Justicia.

 

Artículo 6º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase a la Secretaría General de la Gobernación.