DECRETO Nº 2570 -2010

PROGRAMA MÉDICOS COMUNITARIOS, EQUIPOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN[1].

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Publicado en B.O. Nº 2915 del 22-10-2010.-

Dictado el 08-10-2010.-

Operador del Digesto: R. S.-

 

         

 

            Art. 1º.- Ratifícanse los Convenios celebrados entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de La Pampa, en el marco del "Programa Médicos Comunitarios, Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención", obrantes en el Expediente N° 15111/09.-

        

          Art. 2º.- Apruébase lo actuado por el Ministerio de Salud en el Expediente N° 15111/09, en consecuencia autorizase a continuar con el respectivo trámite en omisión a la vista previa dispuesta en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69.-

 

         Art. 3º.- Habilitación de Salud, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a los Agentes Sanitarios las sumas pactadas individualmente y conforme las disposiciones contenidas en los Convenios obrantes a fojas 92/223 del Expediente 15111/09.-

 

         Art. 4º.- EI gasto que se origine se atenderá con cargo a la Jurisdicción “X" - C. 1- Unidad de Organización 10- Finalidad y Función 310- Sección 1-­P.P. 011- p.p. 02-SP 05 CL00 SCL005- (Partida 6821) y, Jurisdicción “X”-C. 1­- Unidad de Organización 10- Finalidad y Función 310- Sección 01- P.P. 011- p.p. 02-SP 06 CL00 SCL005- (Partida 6847) ambas del presupuesto vigente, y a la partida que se le asigne en el ejercicio 2.011, dando cuenta a la Cámara de Diputados según lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 3 de Contabilidad.-

 

         Art. 5º.- Dése oportunamente intervención al Tribunal de Cuentas, conforme lo prescripto por el Artículo 7° del Decreto Ley N° 513/69. -



[1] Nota de Redacción: Título dado por Redacción DI.