Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

Decreto N° 219

 

Convenio de Pasantía Ministerio de Hacienda y Finanzas

 

Dictado el 28/02/2005.-

Publicado en el BO 2622 del 11/05/2.005.-

 

 

Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a firmar el Convenio de Pasantías con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS y JURIDICAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA, que, como anexo  forma parte integrante del presente decreto.-

 

Artículo 2°.- El mencionado Convenio tendrá vigencia a partir de la firma del presente y hasta el 31 de Diciembre de 2005.-

        

Artículo 3°.- El presente gasto se imputará con cargo a la partida: Jurisdicción “P” - Unidad de Organización 01 - Finalidad y Función 110 - Sección  1- P.P 11 - pp 02 - Control 7 del presupuesto del año 2005.-

 

CONVENIO

 

Entre la Provincia de La Pampa, representada en este acto por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas Contador Ernesto O. Franco, en adelante “EL MINISTERIO” y la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa, en adelante “LA FACULTAD” representada en este acto por su Decano Cr. Roberto Oscar Vassia, convienen en formalizar el presente convenio de colaboración para con la Contaduría General de La Provincia de La Pampa en el marco del acuerdo suscripto por el Gobierno de La Pampa y La Universidad Nacional de La Pampa previstos en la Ley Nro. 1011 y Ley de pasantías N° 25165 y sus modificaciones. En consecuencia acuerdan:

         PRIMERA. “EL MINISTERIO” y “LA FACULTAD” acuerdan como objetivo del presente, efectuar en forma conjunta un programa de capacitación de alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas en la Contaduría General de la Provincia a través de la ejecución por parte de los mismos de tareas con personal del Ministerio.-

         SEGUNDA: El presente programa se efectuará sujeto a las siguientes pautas: “LA FACULTAD” seleccionará cuatro (4) estudiantes de la carrera de Contador Público Nacional, siendo requisito tener aprobadas la totalidad de las materias correspondientes al tercer año.- Los estudiantes seleccionados prestarán sus servicios en equipo, con personal de la Contaduría General de la Provincia durante seis horas diarias durante un máximo de cien (100) horas mensuales bajo la supervisión y conducción del Contador General de La Provincia.-

         TERCERA: A los efectos de la duración de cada pasantía en particular “EL MINISTERIO” y “LA FACULTAD” tendrán en cuenta los plazos previstos en la legislación vigente y sus modificaciones futuras.-

         CUARTA: Contaduría General liquidará y pagará a cada estudiante una suma equivalente a PESOS CUATRO CON TREINTA CENTAVOS ($ 4,30) por hora trabajada, la modificación en los valores de las horas, se realizará por disposición del Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

         QUINTA: “EL MINISTERIO” se compromete a presentar a  “LA FACULTAD” en forma mensual una constancia de los pagos efectuados a los estudiantes conforme a lo establecido en al cláusula cuarta del presente convenio.- En la misma constará  nombre y apellido, cantidad de horas trabajadas, importe recibido, mes al que corresponde y firma de conformidad.-

         SEXTA: “EL MINISTERIO” se compromete a informar a “LA FACULTAD” todas las novedades relacionadas con el desenvolvimiento de los alumnos que han adquirido su condición de pasantes en el marco del  presente convenio, como así también a comunicar los resultados de las selecciones que deben efectuarse conforme a lo dispuesto por los artículos 5° y 6° del Reglamento de Selección y Permanencia de Alumnos en el Sistema de Pasantías Educativas aprobado por la Resolución N° 100/01 del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas.-

         SEPTIMA: Contaduría General incorporará a los pasantes en las prescripciones de la Ley N° 24557, sobre Riesgos del Trabajo.-

         OCTAVA: Déjese establecido que actuarán en representación de cada una de las partes y a todos los efectos del presente convenio el Contador General y el Vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas.-

         NOVENA: El presente convenio tendrá vigencia a partir de la firma del mismo y hasta el 31 de Diciembre de 2005.

Las partes de conformidad, suscriben este convenio en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los ......... días del mes de ................. del año 2005.-