DECRETO Nº 2170 -2010

SUBSIDIOS[1].

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Publicado en B.O. Nº 2911 del 24-09-2010.-

Dictado el 16-09-2010.-

Operador del Digesto: R. S.-

 

 

 

 

             Art. 1º.- Sustitúyase el texto del artículo 7° del Decreto N° 67/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:

            "Artículo 7°.-Delégase en el Ministerio de Bienestar Social las facultades correspondientes a este Poder Ejecutivo para asignar recursos de los fondos implementados por el artículo 1° mediante Resolución Ministerial, de hasta un máximo de PESOS CUARENTA MIL  ($ 40.000)  por vez que será destinado a Municipalidades y Comisiones de Fomento – salvo cuando se trate de personas de existencia visible en que dicho monto máximo será de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500)”.-

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por Redacción DI.