Decreto Nº 1921-2021

Aprueba el Manual de Misiones y Funciones correspondiente a las Unidades de Organización de la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3475  del 16-07-21.-

Dictado el 30-06-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 3628/2020, caratulado: "SECRETARIA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO - S/MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES DE ESTA SECRETARÍA-";y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que de fojas 3 a 9, se agrega copia de la Resolución Nº 24/20 del Ministerio de Conectividad y Modernización, en el cual se aprueban las Pautas y Estándares para la confección de los Manuales de Misiones y Funciones de cada dependencia del Poder Ejecutivo Provincial entre otras;

 

          Que el Poder Legislativo sancionó la Ley Nº 3170 de Ministerios y Secretarías;

 

          Que el artículo 3º de la Ley Nº 3170 de Ministerios y Secretarías otorga a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo su rango correspondiente;

 

          Que por Decreto Nº 21/2019 se apruba el nuevo Organigrama del Poder Ejecutivo Provincial y en su artículo 109 se establece que en las distintas áreas de este Poder que se creen o modifiquen deberán elaborar el Manual de Funciones y Misiones de sus dependencias y remitirlo al Ministerio de Conectividad y Modernización;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en esta Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo;

 

          Que en consecuencia corresponde el dictado de la medida legal pertinente;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

 

Artículo  1º.-Apruébase  el Manual  de  Misiones  y  Funciones  correspondiente  a  las Unidades  de  Organización  de  la  Secretaría  de  Trabajo  y Promoción  del  Empleo  que  como  Anexo  I  forma  parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo  2º.-Apruébase  el  Organigrama  de  la  Secretaría de  Trabajo  y  Promoción  del  Empleo  que  como  Anexo  II forma parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de la Producción.

 

Artículo 4º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín oficial, comuníquese, publíquese, y pase a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo a sus efectos.

 

 

 

ANEXO I

 

Manual de Misiones y Funciones

Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo

STPE

2020

 

 

INDICE

 

 

 

1. Anexo I - Título

2. Índice.

3. Fundamentos Normativos y/o Jurídicos.

4. Secretaría de Trabajo y promoción del Empleo

5. Secretaria Privada.

6. Despacho Administrativo.

7. Delegación Asesoria Letrada

8. Subsecretaría de Empleo y Capacitación Laboral.

9. Dirección de Promoción del Empleo

10. Dirección de Capacitación y Formación Laboral.

11. Subsecretaría de Relaciones Laborales.

12. Dirección de Inspecciones y SRT

13. Dirección General de Relaciones Laborales.

14. Anexo II - Organigrama

 

 

Fundamentos Normativos y/o Jurídicos.

 

*.- Constitución Nacional

*.- constitución Provincial

*.- Ley Nº 3170 de Ministerios y Secretarías

*.- Decreto Nº 21/19 y 83/20

 

 

SECRETARÍA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO:

 

Misión:

 

Gestionar eficaz y eficientemente las políticas del Poder Ejecutivo en materia de generación de empleo, ejecutando la Leu Nº 2870 de Promoción Económica y todas aquellas que se hallen en vigencia y que se proyecten en materia de trabajo y empleo.

 

Funciones:

 

Compete a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo asistir y asesorar al Gobernadorde la Provincia en todo lo inherente al trabajo en el ámbito provincial, y en particular:

*.- Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;

*.- Entender en la difusión, aplicación y vigilancia de la legislación laboral vigente;

*.- Intervenir en las cuestiones de política laboral, aplicación de la normativa laboral vigente, prevención de conflictos laborales, individuales y colectivos, y en general en el ejercicio del poder de policia laboral en el ámbito del territorio provincial;

*.- Entender en el ejercicio de la inspección de trabajo, adoptando las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de leyes, decretos, convenios colectivos, reglamentaciones y demás normas de materia laboral;

*.- Entender en la prevención y solución, en su caso, de los conflictos del trabajo, coordinando su accionar con los organismos nacionales correspondientes;

*.- Entender como árbitro en las cuestiones laborales que por ley correspondan o las partes voluntariamente le somentan;

*.- Entender en la capacitación profesional de los trabajadores con intervención del Ministerio de Educación;

*.- Participar en la formulación de acuerdos o convenios con la Nación en materia de su competencia;

*.- participar en la promoción del perfeccionamiento de la legislación laboral;

*.- Entender en la elaboración e implementación de acciones  para la eliminación del trabajo infantil, el trabajo no registrado y las inequidades que afecta a los colectivos más vulnerables de trabajo, y

*.- Administrar sus bases de datos organizacionales y servicios tecnológicos de su competencia bajo las pautas comunes que determine el Ministerio de Conectividad y Modernización;

*.- Articular como espacio de encuentro y de diálogo entre la SECRETARIA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO y los diferentes sectores de la sociedad civil, sector público, ámbito académico, gremos y empresas, para abordar  las problematicas de las TICs en las modalidades de teletrabajo y  e-trabajo, elaborando datos y estadísticas, documentos y publicaciones, así como también, realizando encuentros y conferencias, con el propósito de difundir estos temas en la comunidad.

 

 

Secretaria Privada:

 

Misión:

Llevar la agenda diaria de las actividades del Secretario y atender los requerimientos efectuados por el mismo.

 

Funciones:

 

*.- Llevar la agenda diaria de actividades funcionales y audiencias concedidas.

*.- Llevar registro de las comunicaciones.

 

 

Despacho Administrativo:

 

Misión:

 

Asistir al Secretario de Trabajo y Promoción del Empleo en todas las tramitaciones propias del organismo, ordenando su atención y diligenciamiento.

 

Funciones:

 

*.- Recibir, tramitar y expedir la documentación de la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo en razón de su competencia.

*.- Elaborar, fundar y propiciar la firma del Secretario en los proveídos, notas, informes, proyectos y actos que lo requieran.

*.- Verificar la correcta confección y redacción de los escritos que deban ser suscripto por el funcionario citado.

*.- Velar por el cumplimiento de las normas procesales administrativas en lo referente a formalidades y plazos de las tramitaciones.

*.- Dirigir y organizar las acciones del personal que se desempeñe en el Despacho Administrativo.

*.- Llevar el registro y archivo de las Resoluciones dictadas, así como de la documentación que debe conservar a los fines de la acreditación de cumplimiento de las obligaciones inherentes a dicho Secretario.

*.- Diligenciar las adquisiciones y contrataciones que correspondan, mediante el proceso que en cada caso resulte aplicable.

 

Asesoría Letrada Delegada:

 

Misión:

 

Brindar un asesoramiento eficaz a los requirimientos del Secretario de Trabajo y Promoción del Empleo, velando por el cumplimiento de todas aquellas leyes que se hallen en vigencia y que se proyecten a futuro en materia de trabajo y empleo.

 

Funciones: 

 

*.- Asesorar al Secretario sobre todas las cuestiones y materias de su competencia.

*.- Control de legalidad a través de la emisión de dictámenes en todo asunto que les fuera solicitado por el Secretario y demás Jefes de áreas.

*.- Representar a la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo con motivo de los recursos e incidencias que se promuevan por apelación de las resoluciones que dicte el Secretario.

*.- Velar por el cumplimiento de las normas legales para su correcta aplicación.

*.- Recibir, asesorar y tramitar las denuncia de violencia laboral a través de la Unidad de Asesoramiento de Violencia Laboral.

*.- Elaboración e implementación de acciones para la erradicación del trabajo infantil en el ámbito de la Provincia de La Pampa, a través de la COPRETI (Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y protección del Trabajo Adolescente).

 

 

 

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN LABORAL:

 

Misión:

 

Asesorar a la Secretaría de Trabajo, en materia laboral, y de la legislación vigente, generar programas de empleo, y la capacitación y fomentar la formación profesional y laboral constante.

 

Funciones:

 

*.- La difusión, aplicación y vigilancia de la legislación laboral vigente.

*.- La dirección, organización y coordinación de las actividades jurídico-administrativas del organismo laboral.

*.- Promover el perfeccionamiento de la legislación del trabajo.

*.- Coordinar las tareas con el ministerio de Trabajo y con otros organismos nacionales en asuntos de su competencia, gestionando la celebración de acuerdos o convenios.

*.- Requerir para el cumplimiento de sus funciones el auxilio de la fuerza pública cuando fuera necesario.

*.- Realizar estadísticas y publicitar todo lo relativo a las condiciones de trabajo en la provincia y de la legislación laboral.

*.- Concretar la política de pleno empleo y elevar el nivel de vida de los trabajadores.

*.- Organizar la migración interna o interprovincial de mano de obra, su promoción, atendiendo a las necesidades y coordinar esta actividad con servicio de empleo nacionales y provinciales, y;

*.- Desarrollar toda actividad relacionada o conexa con la materia laboral.

 

 

 

 

 

Dirección de Promoción del Empleo

 

Misión:

 

Promover el diálogo social entre los sectores productivos, sindicales, civiles, organizaciones intermedias y organismos estatales municipales, provinciales y nacionales para el desarrollo de una agenda del trabajo decente en defensa de los trabajadores pampeanos.

 

Funciones:

 

*.- Proponer y ejecutar políticas, planes, programas y acciones para promover el empleo, el mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorio nacional.

*.- Facilitar la inserción laboral de las personas con discapacidad en relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los condicionamientos sociales que impiden su integración.

*.- Dirigir las acciones con los organismos internacionales de crédito, destinadas a financiar planes, progrmaas y proyectos relacionados con las reformas del mercado de trabajo y los programas de empleo.

*.- Promover y gestionar las acciones orientadas a la articulación entre la actividad económica y las políticas de empleo.

*.- Evaluar y monitorear los programas de empleo, con el objeto de optimizar la ejecución de los programas proyectados y diseñar nuevas políticas para la creación de puestos de trabajo de calidad y el aumento de la empleabilidad de los desocupados.

 

 

 

Dirección de Capacitación y Formación Profesional:

 

Misión:

 

Favorecer el desarrollo de capacidades y habilidades en materia de capital humano competitivo para su inserción en el mercado lanoral, adaptándose a los requerimientos del sector, y así contribuir a un Valor Agregado de la provincia y a su desarrollo.

 

 

Funciones:

 

*.- Proponer y ejecutar políticas, planes, programas y acciones para promover la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorio provincial.

*.- Facilitar la inserción laboral de las personas con discapacidad en relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los condicionamientos sociales que impiden su integración.

*.- Dirigir las acciones con los organismos internacionales de crédito, destinadas a financiar planes, programas y proyectos relacionados con las reformas del mercado de trabajo y la capacitación.

*.- Construir una red educativa y de formación  profesional de calidad, que dé respuesta a la demanda de calificaciones de los empleadores.

*.- Instrumentar estudios e investigaciones sobre la vinculaciób de ocupación, desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos de capacitación laboral.

*.- Evaluar y monitorear los programas de capacitación y de formación profesional, con el objeto de optimizar la ejecución de los porgramas proyectados.

*.- Promover la capacitación laboral y formación de los trabajadores.

 

 

 

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES:

 

Misión:

 

Ejercer las funciones que la autoridad central asignan en los Convenios Nº 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), sus recomendaciones complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor desempeño de los servicios que son de su competencia.

Promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de los derechos fundamentales de los trabajadores, en especial la libertad sindical, la negociación colectiva, la igualdad en las oportunidades y de trato, y la eliminación del trabajo forzoso y/o infantil y la protección del trabajo adolescente.

Entender en situaciones relativas al régimen de contrato de trabajo y demás normas de protección del trabajo.

 

Funciones:  

 

*.- Fiscalizar y ejercer el contralor del cumplimiento de las leyes laborales en todo el territorio de la Provincia, priorizando la prevención y sancionando el incumplimiento a las Normas.

*.- Promover el avenimiento de parte involucradas para regular sus relaciones y facilitar  la solución de los conflictos laborales a través de la conciliación y otros medios alternativos de resolución de conflictos.

*.- Mejorar la calidad y equidad de las relaciones laborales entre el colectivo de empleadores y trabajadores otorgándoles un ámbito institucional adecuado para la solución autónoma de los conflictos.

*.- Hacer conocer los principios básicos de la legislación laboral.

 

 

Dirección General de inspecciones y SRT:

 

Misión:

 

Entender en la formulación de políticas de la inspección del trabajo, destinadas a reducir y eliminar el empleo no registrado y las demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social.

Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la participación coordinada y la colaboración con el suministro de información de las Entidades representativas de los trabajadores y los empleadores.

Facilitar las relaciones entre los distintos actores que intervienen en el mundo laboral, propiciando si interacción y desarrollando acciones tendientes a estrechar lazos y solucionar conflictos, contribuyendo a la conformación y ejecución de las políticas públicas en pos de la mejora de la situación de las partes.

Organizar y dirigir la Inspección del Trabajo en todas sus  formas y fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral vigente.

Fiscalizar el cumplimiento de la legislación vinculada a higiene, salubridad y seguridad en los lugares del trabajo, dictando las medidas que aseguren los derechos, la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.

Intervenir en la aprobación, rúbrica y fiscalización de la documentación laboral y dictar las resoluciones para su registración que al efecto sean pertinentes.

Sustanciar Labral los sumarios y aplicar las sanciones oportunas por infracciones a las leyes laborales y de higiene, salubridad y seguridad en el trabajo, atendiendo la correspondencia de las Leyes dictadas a tal efecto.

Mantener actualizado el registro de infractores, de forma que el mismo sea util para el fin que fue creado.

CONFLICTOS:

Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva adquiera particular relevancia, administrando en forma directa el rol de mediación entre las partes para lograr conciliarlas en un acuerdo.

Tratamiento de conflictos individuales y colectivos de trabajo, ejerciendo facultades de conciliación, mediación y arbitraje en el ámbito de toda la jurisdicción.

 

Dirección General de Relaciones Laborales:

 

Misión:

 

Promover el avenimiento de partes involucradas para regular sus relaciones y facilitar la solución de los conflictos laborales a través de la conciliación y otros medios alternativos de resolcuión de conflictos.

 

Funciones:

 

*.- Mejorar la calidad y equidad de las relaciones laborales entre el colectivo de empleadores y trabajadores otorgándoles un ámbito institucional adecuado para la solución autónoma de los conflictos.

*.- Facilitar las relaciones entre los distintos actores que intervienen en el mundo laboral, propiciando su interacción y desarrollando acciones tendientes a estrechar  lazos y solucionar conflictos, contribuyendo a la conformación y ejecución de las políticas públicas en pos de la mejora de la situación de las partes.

*.- Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva adquiera particular relevancia, administrando en forma directa el rol de mediación entre las partes para lograr conciliarlas en un acuerdo.

 

 

 

 

ANEXO II

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.