Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto Nº 1836–2007

 

Cuadros Tarifarios para Empresas Concesionarias del Transporte público de Pasajeros

 

Publicado en B.O. 2749 del 17-08-2007.-

Dictado el 01-08-2007.-

 

 

             Art. 1º.- Autorízase un aumento de hasta el 15 %, sobre los cuadros tarifarios actualmente en vigencia, para todas las Empresas Concesionarias del Transporte público Automotor de Pasajeros que prestan servicios en la categoría Regular Garantizado en Jurisdicción Provincial, con encuadre legal en el Articulo 42 del Decreto N°1160/95-Reglamento Único de las Leyes N° 987, 1554 y 1608.­-

        

         Art. 2°.- Las nuevas tarifas que resulten de aplicar el aumento autorizado comenzarán a regir a partir del 1 de agosto de 2007, debiendo las Empresas Concesionarias de los Servicios Regular es Garantizados comunicar a la Autoridad de Aplicación (Dirección de Transporte dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos), dentro de los diez días de entrada en vigencia del presente Decreto, el porcentaje de aumento considerado necesario, a fin de que ésta última proceda a confeccionar los cuadros tarifarios, siendo éstas las únicas tarifas de pasaje que se reconocerán como válidas.­-