DECRETO Nº 167-2010

PRORROGA EL PLAZO DEL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO Nº 3252/08.[1]

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B.O. Nº 2887 del 09-04-2010.-

Dictado el 26-02-2010.-

 

 

Art. 1º.-  Prorrógase por el plazo de 90 días a partir del 1° de marzo de 2010 la vigencia del artículo 1° del Decreto Nº 3252/08, prorrogado por los Decretos nºs 852/09 y 2782/09.-

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.