Decreto Nº 1663-2003

Modifica el artículo 10 del Anexo I - Reglamentación de la Ley Nº 2042- aprobado por Decreto Nº859/03

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 2548 del 10-10-03.-

Dictado el 25-09-03.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 10 del Anexo I - Reglamentación Ley N° 2042 -, aprobado por Decreto N° 859/03, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

"Artículo 10.- El monto compensatorio para quien haya cumplido funciones como Presidente de la Mesa y Suplente, será de PESOS CINCUENTA ($ 50), percibiendo cada ciudadano un solo y único monto compensatorio a cuyos efectos facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las adecuaciones y reestructuraciones correspondientes a los fines de cumplimentar los cometidos establecidos en la Ley".-

 

Artículo 2°.- Lo establecido en el artículo anterior tendrá vigencia a partir de la fecha del Decreto N° 859/03.-

 

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior se imputará a la partida presupuestaria Jurisdicción D, Unidad de Organización 01, Cuenta 0, Finalidad y Función 140, Partida Principal 11, Partida Parcial 02, 00, 00, 000, 3 PART. 3956 -Servicios-Compensatorios.-

 

Artículo 4°.- Facúltase al Señor Subsecretario de Justicia y Protección a la Comunidad a dictar las medidas tendientes a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.-