Decreto Nº 124-2021

Increméntese el cupo de guardias activas y pasivas profesionales y no profesionales para el mes de enero de 2021.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3455 del 26-02-21.-

Dictado el 29-01-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 3568/20, caratulado "MINISTERIO DE SALUD S/ INCREMENTO DE CUPO DE GUARDIAS PARA REFORZAR ETAPA DE CONTENCIÓN DE EPIDEMIA.-"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que ante el estado epidemiológico actual el Poder Ejecutivo provincial mediante el Decreto Nº 521/20 declaró el estado de Alerta Máxima Sanitaria, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 260/20 (DNU -EMERGENCIA CORONAVIRUS -COVID-19);

 

          Que en aras de disponer de todos los recursos para hacer frente a las acciones necesarias para difundir los patrones de comportamiento deseables en la pandemia, atender a la comunidad y tratar de dar suficiente cobertura en la emergencia, se emprendieron en el ámbito de la provincia distintas acciones preventivas y de preparación de respuesta ante eventos emergentes, entre las que cuenta la ampliació  de la infraestructura hospitalaria;

 

          Que en ese sentido debió preverse mayor atención profesional y no profesional para cubrir los nuevos servicios e instalaciones habilitadas, requerido para el mes de Enero del corriente año detallando el recurso humano requerido para cada servicio según especialidad y tipo de guardia;

 

          Que el detalle ha considerado la cobertura previsible para el Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas, el Establecimineto Asistencial Gobernador Centeno, la Zona Sanitaria I, el Centro Sanitario, la Dirección General de Asistencia Social y Comunitaria, y la Subsecretaría de Adicciones;

 

          Que se ha informado las necesidades para la vigilancia epidemiológica, salud mental, asistencia a personas en hoteles, personal específicamente afectado al área del centro emergente, en administración, clínica médica, enfermería, consultorios, laboratorio, radiología, terapia intensiva, hospitales modulares, unidad de cuidados intensivos ámbulatorios, diagnóstivo por imágenes, Unidad de Terapia, Unidad sanitaria de pacientes;

 

          Que por Decreto Nº 1053/20 se modificó excepcionalemente el cupo de guardias y tope del importe de la valoración total mensual dispuesta por Decreto Nº 4943/18, prorrogado por Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19; Nº761/19, con las modificaciones impuestas por los Decretos Nº 636/20; Nº 642/20 y Nº 1738/20;

 

          Que, por motivos de servicio, por Decreto Nº 4328/20, se extendió desde el 1º de Enero hasta el 30 de junio de 2021, el incremento del cupo básico de guardias establecido en el artículo 1º del citado Decreto Nº 4943/18, cuya prórroga ha sido establecida por los mencionados Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19, Nº761/19, con las modificaciones impuestas por los Decretos Nº 636/20; Nº 642/20 y Nº1738/20;

          Que, además, como la emergencia epidemiológica continúa vigente es necesario prorrogar, durant eel mes de Enero, la medida excepcional dispuesta por los Decretos Nº 1053/20 y Nº 4328/20, readecuando los cupos de guardia y topes de importes de la valoración total mensual, conforme los resultados de la distribución efectuada en el mes de Enero 2021;

 

          Que el artículo 44 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria faculta al Poder Ejecutivo a determinar el cupo total de guardias destinadas a los empleados que prestan dicho servicio;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante el Ministerio de Salud;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

 

 

Artículo  1º.-Increméntese  el cupo  de  guardias  activas  y  pasivas  profesionales  y  no profesionales para  el  mes de  Enero, graduada  en mil cuarenta y siete (1047) las guardias activas profesionales, novecientas setenta y ocho (968) las guardias activas no profesionales,  mil seiscientos once (1611)  las  guardias  pasivas  profesionales  y mil cuatrocientos setenta y tres (1473)  las  guardias  pasivas  no  profesionales,  conforme  el detalle  obrante  en  anexo  que  forman  parte  integrante  del presente.

 

Artículo 2°.-Fíjase la valoración total de las guardias en el monto de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS  DIECISIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 93.899.217,50) para el mes de Enero de 2021.

 

Artículo  3°.-El  incremento  en  las  guardias  y  el  importe fiado  en  los  artículos  anteriores  se  mantendrá  vigente  por el mes de Enero de 2021. (S/Expte. N° 3568/20)

 

Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníqeuse, publíqeuse y pase al Ministerio de Salud a sus efectos.

 

 

ANEXO

 

REFUERZO DE GUARDIAS POR EMERGENCIA SANITARIA (FEBRERO 2021)

INSTITUCIÓN

SERVICIO

GAP

GANP

GPP

GPNP

TOTAL

 

 

HOSP. GDOR CENTENO

(GENERAL PICO)

COVID- AMBULATORIO

9

18

6

25

$323.892,00

COVID- BUSQUEDA ACTIVA

12

22

7

40

$467.221,00

COVID- CALL CENTER

0

16

0

4

$143.986,50

COVID- ENFERMERÍA

4

40

3

21

$408.577,50

COVID- HOSPITAL MODULAR

62

39

112

1

$1.453.267,00

COVID- IMAGENES

0

31

0

0

$213.370,50

COVID- MONITOREOS

0

0

65

0

$269.360,00

COVID- UTI

31

0

31

0

$438.560,50

HOSP. DR. LUCIO MOLAS (SANTA ROSA)

COVID

3

7

50

80

$551.914,00

COVID- ADMINISTRACIÓN

0

23

0

10

$205.381,50

COVID- BACTERIOLOGÍA

60

22

0

0

$809.391,00

COVID- CLÍNICA MÉDICA

110

32

65

0

$1.582.186,50

COVID- CLÍNICA MÉDICA - ENFERMERÍA

1

62

0

0

$448.765,00

COVID- CLÍNICA MÉDICA- MODULARES

13

0

0

0

$191.964,50

COVID- CONSULTORIOS EV SEC-

86

32

60

0

$1.348.407,00

COVID- CONTROL DE PROTOCOLO

0

0

1

25

$78.519,00

COVID- ENFERMERÍA- AYUDANTES

0

50

0

0

$341.102,50

COVID- ESTERILIZACIÓN

0

2

0

0

$14.515,00

COVID- HEMOTERAPIA CEAR

44

26

0

0

$648.430,50

COVID- GUARDIA- CONS. EXT ENFERMERIA

31

23

30

90

$903.905,50

COVID- KINESIOLOGÍA

52

5

10

10

$687.338,50

COVID-LABORATORIO

33

7

0

0

$434.209,00

COVID- MODULARES

41

0

45

0

$608.380,00

COVID- MODULARES (ENFERMERÍA)

16

24

0

0

$379.459,50

COVID- MODULARES (LABORATORIO)

0

28

0

0

$188.695,00

COVID- RAYOS- TÉCNICOS

0

25

0

0

$159.665,00

COVID- SEGURIDAD

0

4

0

0

$34.836,00

COVID- TEPARIA INTENSIVA

69

22

108

90

$1.575.708,00

COVID- TRASLADO URBANO

0

3

0

48

$166.024,00

COVID- U.C.I.A.- ENFERMERO

19

28

0

0

$382.769,00

//////////////////////

///////////////////////////////////////////////

/////

///////

////

/////

/////////////////

 

COVID- CARGAS - TRIAGGE

0

8

0

30

$161.825,00

 

COVID- GUARDIA CENTRAL

42

8

0

4

$516.922,50

 

COVID- LABORATORIO

13

0

0

0

$170.869,50

 

 

0

0

85

40

$471.240,00

 

COVID- SEGUIMIENTO PACIENTES (TELÉFONO)

0

0

25

40

$222.600,00

 

COVID- SEGUIMIENTO PACIENTES (DOMICILIO)

0

0

15

15

$106.785,00

 

COVID- TOMOGRAFÍA

0

0

0

15

$44.625,00

 

COVID- VACUNACIÓN

0

0

0

10

$29.750,00

 

//////////////////////

///////////////////////////////////////////////

//////

////////

//////

//////

/////////////////

 

ADICCIONES

SALUD MENTAL

0

0

15

10

$91.910,00

 

CENTRO SANITARIO

COVID

157

248

79

121

$4.087.953,00

 

COVID MOVIL

85

20

12

0

$883.078,00

 

HOSP. 25 DE MAYO

COVID

0

0

15

15

$106.785,00

 

HOSP. ALPACHIRI

COVID

0

0

39

36

$268.716,00

 

HOSP. CNIA. BARON

COVID

4

5

38

92

$501.869,50

 

HOSP. EDO. CASTEX

COVID

0

0

25

40

$222.600,00

 

HOSP. GRAL. ACHA

COVID

0

0

87

113

$696.703,00

 

HOSP. ING. LUIGGI

COVID

0

0

24

9

$126.231,00

 

HOSP. JTO ARAUZ

COVID

0

0

7

9

$55.783,00

 

HOSP. MACACHIN

COVID

0

0

16

35

$170.429,00

 

HOSP. TOAY

COVID

0

0

90

53

$530.635,00

 

HOSP. TRENEL

COVID

0

0

7

24

$100.408,00

 

HOSP. REALICO

COVID

16

0

47

12

$365.476,00

 

ZONA SANITARIA I

ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA

18

30

63

119

$1.087.317,00

 

ZONA SANITARIA I

COVID CODES- SEM

16

58

40

30

$840.215,00

 

ZONA SANITARIA I

OPERATIVO COVID CNIA. MENONITA

0

0

6

0

$24.864,00

 

ZONA SANITARIA I

VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA CV19

0

0

283

157

$1.639.827,00

 

ZONA SANITARIA II

COVID

20

0

0

0

$168.760,00

 

 

TOTALES

1047

968

1611

1473

$28.985.217,50

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.