DECRETO 1184-1993

APRUEBA CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE EL CONSEJO PROFESIONAL DE

 INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE LA PAMPA Y EL MINISTERIO DE OBRAS Y

 SERVICIOS PÚBLICOS.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Publicado en B.O. Nº 2013 del 08-07-1993.-

Dictado el 28-06-1993.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

VISTO:

 

El expediente nº 1599/93, caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS – E/PROYECTO DE CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO Y EL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE LA PAMPA, A FIN DE QUE EMITA DICTAMEN LA ASESORIA LEGAL DELEGADA DEL MINISTERIO” ; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fojas 8 de las presentes actuaciones figura agregado el Convenio para la implementación del cálculo del descuento que los representantes técnicos de Empresas Constructoras deben aportar al Consejo, suscripto con fecha 02 de Junio de 1993, entre el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa y el Ministerio de Obras  y Servicios Públicos de La Pampa;

 

Que el presente Convenio acuerda para que a través de la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas girará las liquidaciones y/o cálculos a la Contaduría General de la Provincia a fin de que efectúe la retención correspondiente de cada certificado y se deposite a la orden del mencionado Consejo;

 

 

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

 

 

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio suscripto con fecha 02 de Junio de 1993 entre el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, para que a través de la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas se realice el cálculo de descuento que los profesionales representantes técnicos de Empresas Constructoras deben aportar al Consejo, obrante a fojas 8 de este expediente nº 1599/93.-

 

Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.-

 

Artículo 3º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para su conocimiento y fines correspondientes.-

 

 

 

 

 

CONVENIO

 

Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de La Pampa, representado por el señor Ministro Arquitecto HUGO NELSON AGUERO "ad referendum" del Poder Ejecutivo Provincial, en adelante "El MINISTERIO", por una parte, y por la otra el Consejo profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa, representado por su Presidente, Arquitecto GUILLERMO BUSTOS, con domicilio en Urquiza Nº 564 de ésta ciudad, en adelante "EL CONSEJO", se conviene en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: "EL CONSEJO" presta conformidad para que "EL MINISTERIO" a través de la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas, realice el cálculo del descuento del TRES POR CIENTO (3%) que los profesionales representantes técnicos de Empresas Constructoras deben aportar a "EL CONSEJO", conforme al artículo 16 de la Ley nº 1163, respecto de las obras que se certifican a través de esa dependencia.

SEGUNDA: "EL MINISTERIO" a través de la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas, realice el cálculo a la Contaduría General de la Provincia a los efectos de que efectúe la retención correspondiente de cada certificado y deposite a la orden de "EL CONSEJO" en la Cuenta Corriente Nº 11770/2 c/ Banco de La Pampa. "EL CONSEJO" recibirá de la Dirección del Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas las liquidaciones correspondientes a los efectos de controlar los depósitos y hacer la afectación correspondiente a nombre del profesional.

TERCERA: Lo especificado en las cláusulas Primera y Segunda permitirá cumplimentar el requisito del Visado Previo que debe realizar el Consejo Profesional y sin cuya existencia las reparticiones públicas no deberán dar curso a ningún trámite conforme al artículo 2º de la Ley 1253 y artículo 16 de la Ley 1163.

 

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los____días del mes de ___________de __________.



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.