DECRETO Nº 1157-2012

INCORPORA Y APRUEBA EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD REGIONAL TRES (UR III) DE LA CIUDAD DE GENERAL ACHA, DE LA POLICÍA DE LA PAMPA, LA UNIDAD

FUNCIONAL DE GÉNERO, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.[1]

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B. O. Nº 3027 del 14-12-2012.-

Dictado el 03-12-2012.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Art. 1º.- Incorpórase y apruébese en el ámbito de la Unidad Regional Tres (UR III) de la ciudad de General Acha, de la Policía de La Pampa, la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia.-

 

Art. 2º.- La estructura organizativa de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, será determinada por la Jefatura de Policía.-

 

Art. 3º.- Déjase establecido que en un plazo de noventa (90) días a partir de la vigencia del presente, la Jefatura de Policía deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal, acorde a la estructura organizativa que disponga, previa intervención de los Organismos y Dependencias competentes.-

 

Art. 4º.- Metas de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia:

1. Diseñar los planes y programas de atención en las dependencias policiales para la debida asistencia de personas víctimas vulnerables en problemáticas vinculadas al género, niñez, adolescencia y trata de personas, y controlar su efectiva aplicación.-

2. Evaluar y proponer criterios, acciones e instrumentos vinculados a la política de género, niñez, adolescencia y trata de personas para implementar en las dependencias policiales y verificar el cumplimiento, acorde a la normativa vigente de aplicación.

3. Coordinar, con las organizaciones no gubernamentales y con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, el diseño y ejecución de planes, programas y acciones que aseguren el correcto cumplimiento de la normativa legal en la problemática y prevención de situaciones vinculadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.-

4. Desarrollar y proponer planes y programas de acción, tendientes a prevenir, atender y contener a las personas víctimas de la violencia y grupos vulnerables.-

5. Conformar equipos multidisciplinarios a fin de lograr alternativas de solución y actualización de las normas legales de aplicación.-

6. Coordinar con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales el diseño y la realización de programas, cursos, eventos y acciones de capacitación de las cuestiones socialmente problematizadas en materia de políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.

7. Organizar y mantener actualizado los registros relacionados con la problemática tratada en el área.-

8. Proponer campañas de prensa, de difusión y comunicación que informen a la ciudadanía y en particular a las personas afectadas sobre los distintos servicios que brindan las organizaciones gubernamentales relacionados con la atención a las personas víctimas de la violencia y grupos vulnerables.-

 

Art. 5º.- Acciones de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia:

1. Proponer los proyectos relacionados con la coordinación y asistencia en seguridad a las personas víctimas de cuestiones y situaciones vinculadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.

2. Asistir y asesorar a las instituciones, entidades, organismos, dependencias y/o reparticiones pertenecientes al Estado Provincial vinculados con el formulación, implementación y evaluación de programas en materia de políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.

3. Controlar la efectiva aplicación de los planes de organización y funcionamiento de las dependencias policiales para la asistencia de personas víctimas de la violencia o situaciones relacionadas con el género, niñez, adolescencia y trata de personas.

4. Organizar y supervisar la eficiente utilización de los recursos humanos y materiales, destinados a satisfacer las necesidades en la materia.

5. Diseñar los programas y cursos de acción a seguir en materia de capacitación sobre las problemáticas y cuestiones relacionados al género, niñez, adolescencia y trata de personas. Asimismo, propiciar y controlar la efectiva aplicación de lo aprendido en la labor cotidiana.

6. Diseñar, organizar y mantener actualizada una base de datos sobre la problemática afectada.-

7. Establecer los cursos de acción a seguir por los equipos multidisciplinarios y supervisar su correcto funcionamiento a fin de lograr una eficiente atención a las personas con Cuestiones vinculadas con las relacionadas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.-

8. Establecer, con las organizaciones no gubernamentales y con los organismos y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, los nexos formales para la realización de acciones coordinadas para la contención de riesgo social.

9. Coordinar con otras áreas involucradas la elaboración, definición de las estrategias, metodologías y evaluación de los planes, programas, proyectos y de toda otra forma de actividades que lleve adelante la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia.-

10. Brindar asesoramiento y asistencia técnica a fin de facilitar la formación de redes comunitarias y equipos de trabajo integrados por actores sociales del nivel municipal que tengan como objeto el desarrollo de acciones vinculadas con las políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas.-

11. Elaborar y proponer a las dependencias policiales y áreas pertinentes, modelos de tratamiento, abordaje y de coordinación de acciones preventivas a partir del procesamiento de la información y datos vinculados a la temática tratada.-

12. Participar junto a las áreas pertinentes en la transferencia de contenidos, procedimientos y tecnologías que contribuyan a desarrollar en las dependencias policiales, las capacidades técnicas indispensables para la implementación de las acciones vinculadas a las cuestiones de género y definidas por las autoridades ministeriales.-

13. Participar del diseño de bases de datos y los modos de procesar la información a los efectos de potenciar y monitorear las acciones desarrolladas en las cuestiones vinculadas con las políticas de género, niñez, adolescencia y trata de personas, coordinando acciones, pautas y criterios con las áreas competentes e involucradas del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad y con otros organismos provinciales y municipales.-

14. Desarrollar las actividades que contribuyan a conformar un banco de casos surgidos del estudio y análisis de la temática abordada.-

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.