Decreto Nº 2259-2020

Disponiendo  el  congelamiento  de  las  remuneraciones  de  los funcionarios  y  personal  superior  del  Poder  Ejecutivo,  Legislativo  y  Judicial hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en Sep. II B.O. 3430 del 05-09-20.-

Dictado el 04-09-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

VISTO:

 

          El   Expediente   N°   4349/20,   caratulado:   MINISTERIO   DE   HACIENDA   Y   FINANZAS –DIRECCION GENERAL  DE  PRESUPUESTO,  “S/AUMENTO  DE  LAS  REMUNERACIONES  AL  PERSONAL  DE  LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL”; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que las proyecciones de Recursos y Gastos efectuadas en las áreas gubernamentales correspondientes, arrojan un déficit presupuestario para el corriente año;

 

          Que con tal motivo, se enviará a la Cámara de Diputados de la Provincia, un proyecto de Ley que nos permita utilizar recursos superavitarios de ejercicios anteriores a fin de financiar el actual desfasaje presupuestario;

 

          Que es necesario seguir adoptando medidas económicas, sociales, y principalmente en el sector salud, como así también en distintos sectores económicos de nuestra Provincia;

 

          Que  también  se  deben  seguir  adoptando  medidas  de  contención  de  las  erogaciones  que  hoy  pueden  ser postergadas;

 

          Que en este entendimiento el congelamiento de los salarios de los funcionarios públicos de los tres poderes del Estado, aparece como una herramienta útil a los fines establecidos;

 

          Que  resulta  pertinente  que  el  congelamiento  mencionado  se  extienda  hasta  el  31  de  diciembre  de  2020,  y asimismo retrotraer a aquellos aumentos aún no aplicados;

 

          Que mediante el Decreto N° 1560/20 se instrumentaron los aumentos acordados en las reuniones paritarias en el marco de la normativa vigente;

 

          Que por esta razón es necesario modificar la normativa, cumpliendo el objetivo de congelamiento a disponer, aplicables a los haberes vigentes al 1 de agosto de 2020;

 

          Que la Delegación de la Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas ha tomado la intervención que le corresponde;

 

          Que  el  presente  se  dicta  en  ejercicio  de  la  facultad  establecida  en  las  disposiciones  de  la  Ley  Nº  1238, debiendo luego dar conocimiento a la Cámara de Diputados;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

 

Artículo  1°.-Dispóngase  el  congelamiento  de  las  remuneraciones  de  los  Funcionarios  yPersonal  Superior  del  Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Artículo2°.-Derógase  el  Anexo  XXXI  “Remuneraciones  de  los  Funcionarios  y Personal Superior”;  el  tramo correspondiente  a  los  Magistrados  y  Funcionarios  del  Anexo  XXXVII,  “Remuneraciones  del  Personal  del  Poder Judicial”; el Anexo XXXIX “Remuneraciones de Jueces de Paz” y el Anexo XLII “Remuneraciones Funcionarios Fiscalía de Investigaciones Administrativas” aprobados por el Decreto N° 1560/20.

 

Artículo 3°.-Dése cuenta a la Cámara de Diputados de acuerdo con lo establecido en elartículo 2º último párrafo de la Ley Nº 1238.

 

Artículo 4°.-El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 5°.-Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas.

 

Sergio  Raúl  ZILIOTTO,  Gobernador  de  La  Pampa

C.P.N.  Ernesto  Osvaldo  FRANCO,  Ministro  de  Hacienda  y Finanzas