DECRETO Nº 98-2017

Autoriza a Comisiones de Fomento a destinar a erogaciones corrientes las sumas que reciban en virtud de la Ley Nº 2392

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3245 del 17-02-17.-

Dictado el 07-02-17.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

 

Artículo 1º.- Las Comisiones de Fomento podrán destinar el 100% de las sumas que reciban en el marco de la Ley Nº 2392, (modificada por Ley Nº 691 y Ley Nº 2899), a erogaciones corrientes.-

 

Artículo 2º.- La aplicación de lo determinado en el presente Decreto, será retroactivo al 01 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre del presente año.-