Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Decreto Nº 92-2007

 

Sistema de Videovigilancia

 

 

Publicado en B.O. 2721 del 02-02-2007.-

Dictado el 26-01-2007.-

 

 

Art. 1º.- Impleméntase, en el marco del Programa de Protección Comunitaria elaborado por el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad para las áreas urbanas y suburbanas de la ciudad de Santa Rosa y General Pico, el sistema de videovigilancia, cuyo objeto es la prevención y esclarecimiento de ilícitos penales mediante captación de imágenes de espacios públicos o abiertos al uso público.-

 

Art. 2º.- Las imágenes captadas por las cámaras que conforman el sistema de videovigilancia se encontrarán visibles en un único Centro de Operación y Control ubicado en la dependencia que Jefatura de Policía habilite al efecto. Dicha autoridad designará a los respectivos operadores, quienes deberán suscribir el compromiso de confidencialidad que como anexo forma parte del presente.- (s/Expte. Nº 248/07).-

 

Art. 3º.- Establécese la obligación de filmar ininterrumpidamente y almacenar por el término de 60 días, las actividades de captación y monitoreo que realicen los operadores del Centro de Operación y Control.-

 

Art. 4º.- Las imágenes captadas serán almacenadas en soporte magnético en el Centro de Archivado y Procesamiento de Imágenes bajo el contralor de la Autoridad de Aplicación, por el plazo máximo de 60 días cumplido el cual deberán borrarse automáticamente. Dichas imágenes sólo podrán ser utilizadas por la autoridad policial a los efectos del ejercicio de su competencia legal y/o por la autoridad judicial competente.-

 

Art. 5º.- Desígnase autoridad de aplicación del presente Programa al Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, a través Jefatura de Policía.-