DECRETO Nº 3295-2010

MONTOS DE BECAS Y PRÉSTAMOS[1].

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

Publicado en B.O. Nº 2924 del 23-12-2010.-

Dictado el 10-12-2010.-

Operador del Digesto: R. S.-

 

 

Art. 1º.- Determínanse los montos de Becas y Préstamos estudiantiles reintegrables correspondientes a los meses de marzo a diciembre de 2010, por un monto total según se indica en cada caso:

 

Becas para estudios de Nivel E.G.B.-Polimodal $ 720.-

Becas para estudios de Nivel Terciario $ 900.-

Becas para estudios de Nivel Universitario $ 1.200.-

Préstamos para estudios de Nivel Universitario

$ 2.000.-

 

         Art. 2º.- Otórganse Becas y Préstamos a los estudiantes detallados en los Anexos I y II que forman parte del presente Decreto, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 967, por el periodo marzo-diciembre de 2010.- (S/Expte. Nº 12201/10)

 

         Art. 3º.- La Habilitación de Cultura y Educación, previa intervención de Contaduría General, transferirá al Banco de La Pampa la suma de $ 108.240,00.-, con destino a los beneficiarios de Becas y $ 2.000,00.- con destino a los beneficiarios de Préstamos reintegrables, por el periodo marzo-diciembre de 2010.-

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.