Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 

 


Decreto Nº 3240-2009

 

Sustitución Artículo 2º inciso a) del Decreto Nº 1237/83

 

Estado de la Norma: VIGENTE

Publicado en B.O. Nº 2875 del 15-01-2010.-

Dictado el 29-12-2009.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

 

Art. 1º.-  Sustitúyase el artículo 2° inciso a) del Decreto Nº 1237/83, modificado por Decreto N° 810/02, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2°.- Considéranse tareas penosas, riesgosas, insalubres o determinantes de vejez o agotamiento prematuro las siguientes: a) Desempeño permanente por parte de agentes de salud debidamente autorizados, en servicios donde se manejen rayos x, radio, radioisótopos,  expuestos a la acción de sustancias radiactivas, pertenecientes a establecimientos asistenciales de niveles de complejidad 2, 3, 4, 5, 6, y 8, de acuerdo a la clasificación establecida en la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria.-