Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

Decreto N° 320-2005

 

Caja Chica Tesorería General de la Provincia

 

ESTADO DE LA NORMA: VIGENTE

 

Dictado el 9/03/2005

Publicado en el BO 2623 del 18/03/2.005.-

 

 

Artículo 1º.- Autorízase la creación de una Caja Chica en la Tesorería General de la Provincia por la suma de $ 500.-, para atender erogaciones por bienes y servicios originadas en comisiones de transferencias, giros y otros gastos bancarios, como así también en bienes y servicios que hay que abonar en el momento de la realización del gasto.-

 

Artículo 2º.- Los responsables del manejo de la Caja Chica creada por el artículo  1° serán el Tesorero General y Subtesorero General.-

 

Artículo 3º.- A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación del Ministerio de Hacienda y Finanzas, entregará la suma indicada en el artículo primero.-

 

Artículo 4º.- Las rendiciones de cuentas de la Caja Chica se realizarán ante la Habilitación de Hacienda y Finanzas en forma mensual, cualquiera sea la cantidad invertida y al haberse producido el gasto del 70 % del monto total al 31 de Diciembre de cada año se procederá a rendir cuenta de los gastos efectuados con cargo el ejercicio y devolver los fondos excedentes.-