Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 

 


Decreto Nº 270 –2009

CREACION DE CAJA CHICA EN EL CONSEJO DE LA JUVENTUD (1)

 

Publicado en B.O. 2830 del 06-03-09.-

Dictado el 27-02-09.-

Operador Digesto:R.D.: MAB.-

 

 

            Art. 1º.- Autorizase la creación de una Caja Chica en el Consejo de la Juventud por la suma de $ 4.000,00 destinados a solventar los gastos que se originen del funcionamiento de la Casa de la Juventud en Córdoba.­-

          Art. 2º.- El responsable del manejo de la Caja Chica creada por el artículo primero será el Secretario Ejecutivo del Consejo de la Juventud.­-

          Art. 3º.-  A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación de Gobernación entregará la suma indicada en el artículo primero.­-

          Art. 4º.- Las rendiciones de cuentas de la Caja Chica se realizarán ante la Habilitada de la Gobernación en forma mensual, cualquiera sea la cantidad invertida y al haberse producido el gasto del 70 % del monto total.-

 

(1) Título dado por Redacción DI.