Decreto Nº 2283-2020
Delégase en el Ministerio de
Gobierno, Justicia y Derechos Humanos las facultades correspondientes al Poder
Ejecutivo contenidas en la NJF 835 sobre otorgamiento de subsidios.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3432 del 18-09-20.-
Dictado el 07-09-20.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1°.-Delégase,
a partir de la fecha del presente Decreto, en el Ministerio de
Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
las facultades
correspondientes a este
Poder Ejecutivo contenidas
en la Norma Jurídica de Facto N°
835 y sus modificatorias, para otorgar
mediante Resolución Ministerial
subsidios a Instituciones comprendidas
en la citada
norma y aportes no
reintegrables a Municipios
y Comisiones de
Fomento, hasta un máximo
de $ 100.000,00
por vez y
por Instituciones, Municipalidad y Comisión de Fomento.
Artículo 2°.-Derógase el
Decreto N° 545/13